Naciones Unidas
Secretaría

S T /SGB/2000/5
7 de febrero de 2000

Boletín del Secretario General

Organización de la secretaría de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe

El Secretario General, de conformidad con lo establecido en su boletín ST/SGB/1997/5, titulado "Organización de la Secretaría de las Naciones Unidas", y con fin de establecer la estructura orgánica de la secretaría de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (1), dispone lo siguiente:

Sección 1
Función general

El presente boletín se aplicará conjuntamente con el boletín ST/SGB/1997/5 del Secretario General, titulado "Organización de la Secretaría de las Naciones Unidas".

Sección 2
Funciones y organización

2.1 La secretaría de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL):

a) Presta servicios sustantivos de secretaría y documentación a la Comisión y a sus órganos subsidiarios;

b) Realiza estudios, investigaciones y otras actividades de apoyo de conformidad con el mandato de la Comisión;

c) Promueve el desarrollo económico y social mediante la cooperación y la integración a nivel regional y subregional;

d) Recoge, organiza, interpreta y difunde información y datos relativos al desarrollo económico y social de la región;

e) Presta servicios de asesoramiento a los gobiernos a petición de éstos y planifica, organiza y ejecuta programas de cooperación técnica;

f) Planifica y promueve actividades y proyectos de cooperación técnica de alcance regional y subregional teniendo en cuenta las necesidades y prioridades de la región y cumple la función de organismo de ejecución de esos proyectos;

g) Organiza conferencias y reuniones de grupos intergubernamentales y de expertos y patrocina cursos de capacitación, simposios y seminarios;

h) Contribuye a que se tenga en cuenta la perspectiva regional, respecto de los problemas mundiales y en los foros internacionales y plantea en los planos regional y subregional cuestiones de interés mundial;

i) Coordina las actividades de la CEPAL con las de los principales departamentos y oficinas de la Sede de las Naciones Unidas, los organismos especializados y las organizaciones intergubernamentales a fin de evitar la duplicación y lograr la complementariedad en el intercambio de información.

2.2 La secretaría consta de las dependencias que se describen en el presente boletín.

2. 3 Encabeza la secretaría un Secretario Ejecutivo, que ocupa el cargo de Subsecretario General Adjunto. Además de las funciones indicadas expresamente en este, boletín, el Secretario Ejecutivo y los funcionarios encargados de cada dependencia orgánica desempeñan las funciones generales correspondientes a sus cargos que se indican en el boletín ST/SGB/1997/5 del Secretario General.

Sección 3
Secretario Ejecutivo

3.1 El Secretario Ejecutivo es responsable ante el Secretario General.

3.2 El Secretario Ejecutivo está encargado de todas las actividades de la CEPAL y de su administración; presta asistencia al Secretario General, lo asesora y lo mantiene informado sobre los asuntos que conciernen a la Comisión y lleva a cabo las tareas especiales que éste le asigna; suministra información sustantiva y examina cuestiones y asuntos que interesan a la Comisión con representantes de los Estados miembros, miembros de los órganos legislativos, otros departamentos y oficinas de la Secretaría de las Naciones Unidas, organismos especializados y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, así como con personas que realizan actividades en las esferas pertinentes y la prensa, según proceda, y determina las estrategias generales necesarias para la formulación y ejecución del programa de trabajo de la Comisión, de sus sedes subregionales y de las oficinas nacionales.

Sección 4
Secretario Ejecutivo Adjunto

4.1 El Secretario Ejecutivo Adjunto presta asistencia al Secretario Ejecutivo en el desempeño de sus funciones y es responsable ante él.

4.2 El Secretario Ejecutivo Adjunto asesora y presta asistencia al Secretario Ejecutivo respecto de todas las cuestiones administrativas y de fondo relacionadas con la planificación, la ejecución y el seguimiento de las actividades y programas ordinarios, extrapresupuestarios y de cooperación técnica; sustituye al Secretario Ejecutivo en su ausencia y, en general, cuando es necesario, y lo representa en reuniones; desempeña funciones generales de coordinación y enlace entre las dependencias orgánicas sustantivas de la CEPAL y otros departamentos de la Secretaría y otras organizaciones internacionales, en particular las del sistema de las Naciones Unidas, así como otras organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales; supervisa la labor de las sedes subregionales y las oficinas nacionales de la CEPAL, la Sección de Servicios de Computación y la Unidad de la Revista de la CEPAL y preside los comités la CEPAL encargados de publicaciones, proyectos extrapresupuestarios y gestión de la información.

Sección 5
Oficina del Secretario de la Comisión

5.1 La Oficina del Secretario de la Comisión está a cargo de éste, que es el responsable ante el Secretario Ejecutivo.

5.2 Las funciones básicas de la Oficina son las siguientes:

a) Prestar asesoramiento sobre cuestiones jurídicas, políticas y de protocolo relativas a la labor de la Comisión; mantener estrechos contactos con los Estados miembros, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, el Gobierno anfitrión y otras oficinas de las Naciones Unidas situadas en Chile, y suministrar información sobre las deliberaciones y decisiones de la Comisión, según proceda;

b) Ayudar al Presidente de la Comisión a dirigir las reuniones, mantener informado al Secretario Ejecutivo sobre las deliberaciones y decisiones de la Comisión y ayudarlo a mantenerse en contacto con las partes interesadas;

c) Disponer lo necesario para que se presten a la Comisión los servicios de secretaría que necesita y, en cooperación con las dependencias pertinentes de la secretaría y con el Departamento de Asuntos de la Asamblea General y Servicios de Conferencias de la Sede organizar conferencias, reuniones y seminarios y prestarles servicios;

d) Promover políticas y estrategias multisectoriales para promover la integración de la mujer en el desarrollo; mantener enlace con organismos y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y ajenos a él, preparar estudios regionales y organizar cursos de capacitación; formular políticas y estrategias destinadas a promover la integración de las cuestiones de género en el programa de trabajo de la CEPAL y prestar servicios de asesoramiento a los gobiernos en cuestiones relativas a la integración de la mujer en el desarrollo;

e) Realizar actividades de información pública en relación con el sistema de las Naciones Unidas y, en particular, con la CEPAL; proporcionar información y materiales a los medios de difusión y promover actividades que realcen la imagen que proyecta la organización.

Sección 6
División de Planificación y Gestión de Programas

6.1 La División de Planificación y Gestión de Programas está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

6.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Prestar asesoramiento y asistencia a los administradores de programas en la formulación y preparación de los planes de mediano plazo y los presupuestos por programas; vigilar la marcha de los programas de trabajo y evaluar sus resultados y efectos;

b) Ayudar a formular un programa de trabajo integrado y a determinar un orden de prioridades y asignar los recursos correspondientes;

c) Disponer lo necesario para que se apliquen las directrices establecidas por la Asamblea General en materia de responsabilidad y rendición de cuentas, incluido el desarrollo institucional de la CEPAL en el marco del proceso de reforma de las Naciones Unidas, y supervisar su aplicación;

d) Coordinar los programas de cooperación técnica de la CEPAL, administrar los recursos extrapresupuestarios y prestar asistencia en las actividades de recaudación de fondos conexas;

e) Supervisar las actividades operacionales que lleva a cabo el sistema de la CEPAL y que pueden contribuir de forma directa al fomento y apoyo de la cooperación técnica entre los países en desarrollo;

1) Apoyar a los Estados miembros de la CEPAL a formular políticas y medidas para la utilización eficaz de la información y la informática para promover el desarrollo económico y social de la región;

g) Proporcionar servicios de biblioteca a las dependencias orgánicas de la .CEPAL, al público en general y a instituciones educacionales.

Sección 7
Sedes subregionales y oficinas nacionales

7.1 La CEPAL tiene dos sedes subregionales, una para la subregión de América Central, ubicada en México, D.F. y la otra para la subregión del Caribe, situada en Port-of-Spain. Además, tiene oficinas nacionales en Buenos Aires, Brasilia, Montevideo y Bogotá y una oficina de enlace en Washington, D.C. Cada sede subregional y cada oficina nacional es responsable ante el Secretario Ejecutivo y rinde cuentas directamente al Secretario Ejecutivo Adjunto, que cumple la función de coordinador de las actividades de estas oficinas y supervisa su labor.

7.2 Las funciones básicas de las sedes subregionales son las siguientes:

a) Formular propuestas y mantener relaciones de cooperación con los países e instituciones de la subregión en relación con una amplia gama de cuestiones técnicas relativas al desarrollo económico y social;

b) Prestar servicios de secretaría al Comité de Cooperación Económica del Istmo Centroamericano, sus subcomités y sus grupos de trabajo, y al Comité de Desarrollo y Cooperación del Caribe;

c) Realizar investigaciones sobre el desarrollo económico y social, la agricultura, la industria, los recursos naturales, la energía, el transporte y las estadísticas de los países de las subregiones y formular propuestas y recomendaciones en relación con esos estudios;

d) Preparar notas sobre los países de las subregiones y hacer contribuciones a los estudios e informes que prepara la CEPAL.

7.3 Las funciones básicas de las oficinas nacionales son las siguientes:

a) Preparar diversos estudios sobre el desarrollo económico y social de los respectivos países anfitriones y hacer aportes a los estudios e informes que prepara la CEPAL;

b) Representar a la CEPAL en reuniones y seminarios y mantener informado al Secretario Ejecutivo acerca de los acontecimientos más recientes;

c) Mantener enlace con diversas organizaciones nacionales, interregionales e internacionales.

Sección 8
División de Desarrollo Económico

8.1 La División de Desarrollo Económico está encabezada por un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

8.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Vigilar las tendencias y políticas macroeconómicas en todos los países de la región y utilizar los datos obtenidos en las publicaciones pertinentes;

b) Realizar investigaciones y estudios analíticos sobre las políticas económicas y las estrategias de desarrollo de la región y prestar a los Estados miembros que lo soliciten servicios de asesoramiento técnico por medio de seminarios y reuniones de grupos de expertos y de la publicación de diversos informes y estudios sobre cuestiones macroeconómicas;

c) Realizar estudios comparativos de la política económica y el funcionamiento de la economía de los países de la región;

d) Proporcionar, previa solicitud, asistencia técnica para la formulación y aplicación de políticas económicas;

e) Organizar seminarios, cursos prácticos y conferencias para suministrar

información sobre cuestiones macroeconómicas a las autoridades nacionales y locales, las universidades, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado.

Sección 9
División de Desarrollo Social

9.1 La División de Desarrollo Social está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

9.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Ayudar a los gobiernos de los países de la región a formular estrategias, políticas y nuevos criterios para lograr la participación de los distintos grupos sociales en el proceso de desarrollo;

b) Analizar los efectos de las transformaciones sociales y de las políticas oficiales en la región y formular recomendaciones sobre diferentes modalidades de desarrollo;

c) Prestar asistencia técnica a los Estados miembros a fin de establecer los mecanismos institucionales necesarios para lograr que los grupos sociales más vulnerables participen plenamente en el proceso de desarrollo;

d) Abordar cuestiones de desarrollo social y ayudar a los Estados miembros a formular y aplicar políticas, estrategias y programas sociales apropiados, así como a fortalecerlos y evaluarlos;

e) Examinar las estructuras y las tendencias del mercado de trabajo, las modalidades de distribución del ingreso y el estado de los servicios sociales, y sugerir ideas y políticas para mejorar la situación;

f) Cumplir la función de centro de coordinación de los preparativos regionales para la celebración de año internacionales relativos a los jóvenes, los discapacitados, las personas de edad y el bienestar de la familia;

g) Realizar estudios y proporcionar directrices, información y asistencia para la reforma y el mejoramiento de los programas de desarrollo de los recursos humanos y ofrecer cursos de capacitación.

Sección l0
División de Desarrollo Productivo y Empresarial

10.1 La División de Desarrollo Productivo y Empresarial está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

10.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Prestar apoyo a los países de la región para que orienten sus políticas económicas y sociales a fin de mejorar el equilibrio entre las zonas rurales y urbanas y lograr adelantos en las esferas de la infraestructura, la industria y el comercio;

b) Ayudar a los gobiernos de los países de la región a promover el crecimiento industrial y la competitividad a nivel internacional de los productos de la industria local;

c) Realizar estudios sectoriales a nivel internacional, en colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, a fin de determinar oportunidades de especialización para el sector empresarial de América Latina;

d) Apoyar las actividades nacionales encaminadas a formular políticas de desarrollo y promover innovaciones en la esfera de la ciencia y la tecnología y a introducir variables científicas y tecnológicas en la planificación socioeconómica;

e) Contribuir a la formulación y aplicación de políticas, programas y proyectos de desarrollo agrícola y rural;

f) Preparar estudios de las repercusiones económicas, sociales e institucionales de las actividades de las empresas transnacionales en la región y organizar cursos prácticos de capacitación para fortalecer la capacidad de los países de la región para tratar con las empresas transnacionales;

g) Realizar misiones de asistencia técnica, organizar seminarios y reuniones regionales y emprender actividades de capacitación en sus distintas esferas de competencia.

Sección 11
División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos

11.1 La División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

11.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Funcionar como centro de coordinación de los contactos con la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible para que el programa de trabajo de la CEPAL se ejecute de conformidad con las directrices del Programa 21, como ha solicitado el Consejo Económico y Social;

b) Evaluar la aplicación del Programa 21 en la región, preparar 1os informes de la CEPAL a la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y ocuparse de las actividades complementarias de las cumbres y conferencias mundiales pertinentes de conformidad con las directrices del Comité Administrativo de Coordinación y el Comité Interinstitucional sobre el Desarrollo Sostenible;

c) Prestar asesoramiento a los gobiernos en la ejecución coordinada de los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente y en las negociaciones conexas;

d) Prestar asistencia en relación con capítulos concretos del Programa 21, como los relativos al fomento del desarrollo de los asentamientos humanos; la modificación de las pautas de consumo; la integración de las cuestiones ambientales y el desarrollo en el proceso de adopción de decisiones mediante análisis económicos de esas cuestiones y evaluaciones de los efectos en el medio ambiente; la gestión ecológicamente racional de los productos peligrosos y los desechos, la protección de la atmósfera; la conservación de la diversidad biológica; los océanos y las masas de agua dulce y la desertificación;

e) Analizar, en cooperación con otros órganos de las Naciones Unidas, la aplicación de políticas nacionales de desarrollo sostenible como parte del seguimiento integrado de las cumbres y conferencias mundiales recomendado por el Secretario General;

t) Realizar misiones de asistencia técnica, organizar seminarios y reuniones regionales y realizar actividades de capacitación en sus esferas de competencia.

Sección 12
División de Recursos Naturales e Infraestructura

12.1 La División de Recursos Naturales e Infraestructura está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

12.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Coordinar las relaciones entre la Comisión y los organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas, otros organismos internacionales, los organismos de cooperación bilateral y las organizaciones no gubernamentales en las esferas de su competencia;

b) Prestar apoyo para la aplicación a nivel regional de las recomendaciones contenidas en los acuerdos internacionales relativos a los recursos naturales;

c) Prestar apoyo a los gobiernos de los países de la región para la formulación y aplicación de políticas, estrategias y disposiciones normativas oficiales en las esferas siguientes: i) el desarrollo sostenible y la ordenación de los recursos naturales, y ii) la reglamentación de los servicios públicos y los mercados conexos, la prestación de servicios públicos relacionados con los recursos naturales y la explotación de esos recursos en general;

d) Promover en los países miembros sistemas de gestión eficientes y eficaces para reglamentar la utilización de los recursos naturales;

e) Promover la cooperación técnica entre las entidades del sector público y privado de los países de la región en lo que respecta a la ordenación integrada de los recursos naturales y la reglamentación de los servicios públicos;

f) Prestar asistencia técnica en sus diversas esferas de competencia a los gobiernos y a otras instituciones nacionales, incluso al sector privado y a las organizaciones no gubernamentales; organizar cursos, seminarios de expertos, cursos prácticos y reuniones intergubernamentales, y preparar estudios sobre temas de su especialidad;

g) Preparar estudios de las transformaciones estructurales y recomendar mejoras en los servicios de transporte a nivel nacional, subregional y regional, y suministrar al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Banco Mundial y otros órganos y organismos de las Naciones Unidas información y asistencia respecto de cuestiones relativas al transporte en la región;

h) Prestar asistencia técnica para asegurar la eficiencia general de la infraestructura y los servicios de transporte y determinar las esferas que podrían constituir la base de programas de cooperación técnica regionales e interregionales.

Sección 13
División de Estadística y Proyecciones Económicas

13.1 La División de estadística y Proyecciones Económicas está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

13.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Promover el desarrollo de la estadística y de mantener y ampliar los bancos de datos de información metodológicamente compatibles sobre la situación económica y social de la región;

b) Supervisar y preparar estudios sobre el proceso de desarrollo futuro de los países de América Latina y el Caribe y realizar actividades de cooperación técnica en las esferas de la estadística y las proyecciones económicas;

c) Preparar estudios analíticos sobre la situación económica y social de la región;

d) Promover el mejoramiento y la armonización de las prácticas de contabilidad y estadística de los países de la región mediante la adopción de clasificaciones estadísticas internacionales y la aceptación de las recomendaciones de la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas;

e) Examinar y revisar periódicamente los sistemas de análisis y evaluación de las tendencias del desarrollo en la región;

f) Preparar proyecciones económicas y sociales para analizar las opciones de política a mediano y a largo plazo de la región, las subregiones o los países;

g) Preparar modelos matemáticos que abarquen una amplia gama de variables y parámetros para comparar las modalidades de desarrollo de los países;

h) Reunir, analizar y presentar información estadística; mantener diversas bases de datos especializados; realizar análisis cuantitativos de diferentes aspectos del desarrollo regional y preparar estudios sobre métodos y directrices para la elaboración y utilización de datos estadísticos;

i) Preparar un anuario estadístico y estudios estadísticos sobre temas concretos;

j) Promover la transferencia de la tecnología que mejor se adapte a la capacidad técnica y financiera de los países de la región;

k) Prestar asesoramiento a los Estados miembros, a petición de éstos, para la formulación de políticas, planes, programas y proyecciones nacionales.

Sección 14
División de Comercio Internacional e Integración

14.1 La División de Comercio Internacional e Integración está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

14.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Ayudar a los Estados miembros a formular políticas y medidas para la asignación eficiente y equitativa de los recursos y a ampliar sus corrientes comerciales para tener acceso a los mercados extranjeros;

b) Prestar asistencia para fortalecer la formación de capital mediante corrientes sostenibles de capital extranjero para el mejoramiento de la infraestructura y los sistemas de transporte de la región;

c) Analizar las transformaciones que afectan a las relaciones económicas internacionales y sus efectos en los países de América Latina y el Caribe y proponer opciones de política apropiadas para mejorar los vínculos de la región con la economía mundial;

d) Realizar estudios analíticos del volumen y la composición de las exportaciones e importaciones de América Latina y el Caribe y del fomento de las exportaciones de los países de la región;

e) Prestar asistencia técnica para el examen de las principales políticas y prácticas de las negociaciones comerciales e internacionales y de la función de los servicios en el proceso de desarrollo;

t) Evaluar el proceso de integración económica en los planos regional y subregional y contribuir a su aceleración;

g) Realizar estudios analíticos y prestar asistencia a los Estados miembros sobre la formulación de políticas y medidas encaminadas a estimular la formación de capitales en la región;

h) Realizar estudios sobre el nivel de los ahorros nacionales, la generación de recursos financieros internos en forma estable y transparente, los sistemas monetarios, las corrientes de capital extranjero y los aspectos financieros de las políticas sociales;

i) Prestar asesoramiento a los países de la región con respecto a la integración financiera y el desarrollo de sus instituciones a fin de facilitar la asignación de los recursos disponibles para inversiones.

Sección 15
División de Población

15.1 La División de Población (Centro Latinoamericano de Demografia (CELADE), está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

15.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Ejecutar el programa regional de población en el sistema de la CEPAL prestando apoyo a los Estados miembros sobre cuestiones de población y sobre la integración de esas cuestiones en las políticas de desarrollo, la investigación aplicada, la cooperación técnica y la capacitación;

b) Cumplir la función de secretaria técnica del plan de acción regional para América Latina y el Caribe sobre la población y el desarrollo, establecido de conformidad con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo;

c) Promover la utilización de metodologías adecuadas para mejorar la calidad y el aprovechamiento de la información disponible;

d) Prestar asistencia a los Estados miembros para aumentar la capacidad de las instituciones nacionales de obtener información al día sobre las tendencias demográficas, sus causas y consecuencias y para analizar subpoblaciones determinadas a los fines de la formulación de políticas;

e) Proporcionar al personal nacional capacitación a corto y largo plazo en estudios relativos a la población y promover actividades de capacitación a nivel nacional con miras a la realización de estudios demográficos y la incorporación de los factores demográficos en los programas y políticas de desarrollo;

t) Difundir trabajos científicos y técnicos sobre las tendencias demográficas mediante la publicación de material, periódicos, libros y monografías especializados.

Sección 16
Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social

16.1 El Instituto Latinoamericano de Planificación Económica y Social (ILPES) está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

16.2 Las funciones básicas del Instituto son las siguientes:

a) Prestar apoyo a los gobiernos de la región en la esfera de la planificación y la coordinación de la política oficial mediante el suministro de capacitación, servicios de asesoría e investigaciones;

b) Prestar cooperación técnica y apoyar actividades de las instituciones oficiales en las esferas de la política y la planificación económicas que se prestan a la colaboración directa o indirecta;

c) Realizar investigaciones y estudios y organizar y patrocinar cursos y seminarios sobre temas y problemas de actualidad en relación con la política y la planificación económicas (como la planificación del sector público), la formulación de políticas de desarrollo regional, los estudios de preinversión y la formulación y evaluación de proyectos;

d) Cumplir la función de secretaría técnica del sistema regional de cooperación en el que participan los organismos y ministerios encargados de la planificación nacional y la coordinación económica, y promover la cooperación horizontal en la esfera de la planificación.

Sección 17
División de Documentos y Publicaciones

17.1 La División de Documentos y Publicaciones está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo.

17.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Prestar servicios y proporcionar documentación a las reuniones;

b) Prestar servicios de edición y traducción, procesamiento de textos, imprenta y distribución de documentos a las oficinas de la CEPAL;

c) Formular y actualizar las directrices para la preparación de documentos y publicaciones de las dependencias orgánicas de la CEPAL, teniendo en cuenta la práctica de las Naciones Unidas;

d) Planificar y preparar el programa de publicaciones de la Comisión para su presentación a la Junta de Publicaciones de las Naciones Unidas;

e) Ejecutar el programa aprobado de publicaciones de la Comisión, suministrar publicaciones para la venta a la Sección de Ventas de las Naciones Unidas y participar en los arreglos de publicación conjunta;

f) Mantenerse al corriente de las innovaciones tecnológicas en esferas de su competencia, mejorar los métodos y el equipo y proporcionar capacitación en nuevas tecnologías al personal especializado para que actualicen sus conocimientos.

Sección 18
División de Administración

18.1 La División de Administración está a cargo de un Director que es responsable ante el Secretario Ejecutivo (2).

18.2 Las funciones básicas de la División son las siguientes:

a) Dar orientación administrativa y prestar todos los servicios de apoyo apropiados a los diversos componentes y funcionarios de la CEPAL en el marco de las instrucciones y directrices sobre administración establecidas por la Organización a nivel de todo el sistema;

b) Preparar el presupuesto conjuntamente con la División de Planificación y Gestión de Programas y establecer procedimientos y prácticas para controlar y llevar las cuentas respecto de los fondos ordinarios y extrapresupuestarios;

c) Controlar la dotación de personal y ocuparse de que los recursos se aprovechen en forma óptima;

d) Proporcionar servicios médicos y tramitar solicitudes de pago de gastos médicos;

e) Encargarse de la gestión de los servicios de apoyo, incluidos los servicios comerciales y de administración de edificios, sistemas electrónicos, grupos electrógenos, ascensores y sistemas de fontanería;

t) Prestar servicios de seguridad y protección (vigilancia de las instalaciones) durante conferencias internacionales, reuniones generales y acontecimientos especiales.

Sección 19
Disposición final

19. I El presente boletín entrará en vigor el 1° de marzo de 2000.

19.2 Queda sin efecto el boletín del Secretario General titulado "Descripción de las funciones y organización de la secretaría de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe" (ST/SGB/Organization, Section: ECLAC, de fecha 25 de agosto de 1995).

(Firmado) Kofi A. Annan
Secretario General

Notas:

1 La Comisión Económica para América Latina fue establecida de conformidad con la resolución 106 (VI) del Consejo Económico y Social, de25 de febrero de 1948, y comenzó a funcionar ese mismo año. En 1984, el Consejo Económico y Social, en su resolución 1984/67, de 27 de julio de 1984, decidió que en adelante la Comisión pasaría a llamarse Comisión Económica para América Latina y el Caribe. Las sedes subregionales de la Comisión se establecieron en México y el Caribe, en junio de 1951 y en diciembre de 1966, respectivamente.

2 El Director de la División de Administración, al igual que otros directores de administración y funcionarios ejecutivos, es responsable en primer lugar ante el jefe del departamento. Los directores de administración y los oficiales ejecutivos/administrativos también dan cuentas de la utilización apropiada de los recursos humanos y financieros a la administración central.